Reducción de la Jornada Máxima Legal | 46 horas a la semana.
- CASAS PARDO SUAREZ
- 27 jun 2024
- 3 Min. de lectura

En atención a la implementación gradual de la reducción de jornada laboral contemplada en la Ley 2101 de 2021, nos permitimos compartir un breve resumen y análisis conforme con los siguientes parámetros:
Implementación Gradual de la Ley 2101 de 2021.
El 15 de julio de 2021, el Gobierno Nacional sancionó la Ley 2101 de 2021, “Por medio de la cual se reduce la jornada laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario de los trabajadores y se dictan otras disposiciones”
La norma en mención tiene por objeto reducir la jornada laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario ni afectar los derechos adquiridos y garantes de los trabajadores.
Así las cosas, a partir del 16 de julio de 2023 se inició la implementación gradual de dicha reducción de conformidad con lo establecido en el artículo 03 de la norma en mención y en consecuencia desde el 16 de julio de 2023 los empleadores han reducido la jornada de trabajo de sus colaboradores en una hora, pasando a ser la jornada de trabajo de 47 de horas semanales.
En ese sentido y continuando con la implementación gradual indicada, el artículo 03 de la norma en mención expresa que a partir del 16 de julio de 2024 los empleadores deberán reducir la jornada laboral de sus colaboradores en una hora quedando la jornada laboral semanal en 46 horas.
Al respecto es importante mencionar que conforme comunicación emitida por el Ministerio del Trabajo a través del concepto 08SI2023120300000016177 la reducción de esta jornada laboral no es dable realizarla para dicha entidad mediante la ampliación de descansos otorgados al colaborador en el transcurso de su jornada laboral, puesto que de acuerdo con la posición del Ministerio del Trabajador la enunciada reducción de jornada laboral debe permitir a los trabajadores disfrutar de dicho tiempo para cumplir con sus expectativas de vida. Desde nuestro concepto jurídico laboral el concepto del Ministerio del trabajo no es acertado, sin embargo se debe tener presente que el Ministerio del Trabajo tiene potestad sancionatoría.
Finalmente, y de acuerdo con las obligaciones inmersas dentro de la presente Ley, se tiene que la reducción de la jornada de trabajo no implicará la reducción de la remuneración salarial, prestaciones, ni el valor de hora ordinaria de trabajo.
2. Cálculo del valor de la hora de trabajo a partir del 16 de julio de 2024.
La Ley 2101 de 2021 no contiene disposición alguna que modifique el cálculo del valor de la hora ordinaria laboral. No debe afectar ni disminuir el salario de los trabajadores, motivo por el cual se debe entender, que se continúa aplicando la misma fórmula que se ha venido utilizando, para determinar el valor de la hora ordinaria.
En ese sentido y con el objeto de establecer el valor de la hora de trabajo a partir del 16 de julio de 2024, se tomarían las 46 horas máximas semanales + 08 horas de descanso dominical obligatorio y se multiplicaría por 4.33, valor que equivale al número promedio de semanas de cualquier mes del año, obteniendo como resultado la totalidad se horas laborales al mes, que para el caso corresponderían a 233.82.
Posteriormente, se toma el valor del salario mensual devengado por el trabajador y se dividiría por el número de horas del mes (233.82) obteniendo así el valor de una hora de trabajo. Con base en este valor de realizaría el cálculo del recargo a que haya lugar cuando se laboren más de las 46 horas semanales.
Para más información no dude en contactarnos, quedamos atentos a sus dudas o inquietudes.
Cordialmente,
DANIELA SANTANDER
Abogada Senior
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